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Cooperación transfronteriza con otros fondos

El FGD fomenta y mantiene relaciones orientadas a compartir e implementar las mejores prácticas en la protección al depositante, tanto con fondos de garantía de depósitos comunitarios como extracomunitarios.

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Cooperación transfronteriza con Fondos de la UE

Uno de los mayores retos en el ámbito de la UE es asegurar una eficiente coordinación ante un evento de pago a depositantes que afecte a varios Estados Miembros. La normativa europea establece la obligación de que el fondo de un estado de acogida, donde la entidad fallida tiene establecidas sucursales, colabore con el fondo encargado de la garantía de los depósitos del Estado origen donde la entidad tenga autorizada su sede. La colaboración va encaminada a conseguir la menor disrupción posible para el depositante afectado del Estado de acogida.

El FGD coopera activamente con los fondos de la UE en cuyos Estados tienen establecidas sucursales las entidades de crédito españolas y también con los fondos de la UE que sus entidades de crédito nacionales tienen a su vez establecidas sucursales en España. La base de colaboración se recoge en un Acuerdo de Cooperación que en 2016 desarrolló el Foro Europeo de fondos europeos “EFDI”, con el visto bueno de la autoridad europea de la banca (EBA), y al que están adheridos los fondos de la UE con el objeto de homogeneizar un proceso de pago ágil y efectivo.

Adicionalmente, el FGD promueve Acuerdos Bilaterales con otros fondos de la UE con el fin de ajustar elementos técnicos u operativos del Acuerdo de Cooperación a las características particulares de cada fondo.

El marco de cooperación anterior se complementa con la realización de ejercicios bilaterales de simulación de crisis con otros fondos europeos.

Cooperación transfronteriza con Fondos NO UE

Aunque fuera del ámbito comunitario no existe un régimen reglado sobre la cooperación entre fondos de garantía de depósitos, desde el FGD se promueve la colaboración con otros homólogos, en especial con fondos latinoamericanos en los que existe presencia de entidades de crédito pertenecientes a grupos bancarios españoles. Esta cooperación se viene formalizando a través de distintos acuerdos instrumentados en “Memorandums de Entendimiento” (MoU), habiendo suscrito hasta la fecha acuerdos con Argentina, Brasil, Colombia, México, Perú y Uruguay. Gracias a estos MoUs se habilita la puesta en común de conocimientos y mejores prácticas, y se promueve el entendimiento mutuo.

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El FGD en la UE y otros organismos internacionales

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El FGD en las asociaciones internacionales de Fondos de garantías

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La Unión Bancaria y el Tercer Pilar

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