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¡Protéjase contra las ciberestafas!

Recuerde que el FGD nunca se pondrá en contacto con Ud. por teléfono, WhatsApp, Telegram, cualquier red social u otro canal para pedirle códigos, contraseñas o que realice pagos o ingresos. Ante la menor duda, contacte con el FGD por el canal oficial (https://www.fgd.es/contacto/).

Ilustración que muestra un teléfono móvil con iconos de advertencia y símbolos de ciberdelito, representando el peligro de ciberestafas a través de dispositivos móviles. La imagen destaca la necesidad de estar alerta ante posibles fraudes y proteger la seguridad digital.Ilustración que muestra un teléfono móvil con iconos de advertencia y símbolos de ciberdelito, representando el peligro de ciberestafas a través de dispositivos móviles. La imagen destaca la necesidad de estar alerta ante posibles fraudes y proteger la seguridad digital.

El FGD garantiza sus depósitos

El objetivo del FGD es garantizar los depósitos de los clientes de las entidades de crédito adheridas conforme a lo establecido en la normativa, proporcionándoles mayor seguridad, protección y tranquilidad, contribuyendo así a la estabilidad del sistema financiero en su conjunto.

Ilustración de una mujer señalando un paraguas protegiendo documentos de carácter bancarioIlustración de una mujer junto a un hombre señalando un paraguas protegiendo documentos de carácter bancario

¿Sabías...¿Cuánto dinero garantiza el FGD?

¿Cuánto dinero garantiza el FGD?

La garantía del FGD se hará efectiva si alguna de las entidades adheridas al FGD tiene problemas y se declara que no puede devolver el dinero a sus clientes.

En general, el FGD garantiza hasta 100.000 € por titular y entidad. No obstante, para determinados casos, se puede llegar a garantizar el importe total depositado.

Esto afectaría a los depósitos realizados en los tres meses anteriores a la fecha en la que se determine que la entidad afectada no puede devolver los depósitos que:

  • procedan de transacciones con bienes inmuebles de naturaleza residencial y carácter privado.
  • los que se deriven de pagos recibidos de forma puntual y vinculados al matrimonio, al divorcio, a la jubilación, al despido, a la invalidez o al fallecimiento.
  • o los que estén basados en el pago de importes procedentes de seguros o indemnizaciones por perjuicios que sean consecuencia de un delito o un error judicial.

En el caso de dinero depositado en una moneda diferente al euro, el importe garantizado será su equivalente aplicando el tipo de cambio vigente en la fecha en que se establezca que la entidad no puede devolver el dinero o del día hábil anterior cuando fuese festivo.

¿Qué NO está garantizado por el FGD?

El FGD no garantiza determinados tipos de depósitos, fundamentalmente aquellos para los que la entidad afectada no aseguraba la devolución íntegra de su nominal, o a determinadas sociedades, como por ejemplo empresas aseguradoras o sociedades de inversión mobiliaria.

Respondemos a las preguntas más frecuentes de nuestros usuarios:

Preguntas frecuentes