Fondos de Garantía de Depósitos
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Depósitos dinerarios

CAUSAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA

Los Fondos de Garantía de depósitos satisfarán el importe garantizado de los depósitos, cuando se produzca alguno de los siguientes hechos:

  1. Declaración del estado de quiebra de la entidad (Solicitud de declaración de concurso).
  2. Solicitud judicial de suspensión de pagos de la entidad (Solicitud de declaración de concurso).
  3. Impago de los depósitos vencidos y exigibles, con declaración por el Banco de España de que la situación financiera de la entidad imposibilita restituirlos en un futuro inmediato.

BENEFICIARIOS DE LA GARANTÍA

Los beneficiarios de la garantía son los depositantes dinerarios, ya sean personas físicas o jurídicas. La garantía se aplica por depositante, aunque tenga varios depósitos o un mismo depósito tenga más de un titular.

Fondos de Garantía de Depósitos - Aviso Legal
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